TÍTULO I
Artículo 10 y Capítulo I. De los españoles y los extranjeros

Artículo 10
1. La de la persona, los derechos que le son inherentes, el libre desarrollo de la , el respeto a la y a los derechos de los demás son fundamento del orden y de la paz .
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la y los y acuerdos sobre las mismas materias ratificados por España.
Acierto Fallo Respuesta corregida

