TÍTULO I
Artículo 10 y Capítulo I. De los españoles y los extranjeros

Artículo 10

1. La de la persona, los derechos que le son inherentes, el libre desarrollo de la , el respeto a la y a los derechos de los demás son fundamento del orden y de la paz .

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la y los y acuerdos sobre las mismas materias ratificados por España.

Acierto Fallo Respuesta corregida