TÍTULO I
Capítulo IV. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales

Artículo 53

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo del presente Título vinculan a los poderes públicos. Sólo por , que en todo caso deberá respetar su contenido , podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo , 1, a).

2. ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo y la Sección del Capítulo ante los Tribunales por un procedimiento basado en los principios de preferencia y y, en su caso, a través del recurso de ante el . Este último recurso será aplicable a la reconocida en el artículo .

3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo informarán la legislación , la práctica judicial y la de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan que los desarrollen.

Acierto Fallo Respuesta corregida